En el caso de la renuncia de derechos sobre un registro, deberá presentarse una solicitud con la firma legalizada del titular o su apoderado. Si la renuncia fuera parcial, se indicarán los productos, servicios o actividades de los que se desea retirar.
Cuando la renuncia sea efectuada por una persona natural, se presentará una declaración jurada –con firma legalizada– de bien propio de libre disposición o consentimiento del cónyuge, según corresponda. El costo por los derechos de trámite para una renuncia es equivalente al 6.03% de la UIT (S/. 217.03 nuevos soles) y se cancelará en la Caja del INDECOPI.
Plazos:
Según las disposiciones legales, el tiempo máximo para la tramitación y evaluación de la solicitud y documentación entregadas a la Dirección es de 180 días hábiles, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto Legislativo No 1075.
Si después de notificada la resolución, el solicitante deseara presentar un recurso de reconsideración, apelación o adhesión, tendrá un plazo máximo de 15 días útiles desde la fecha en que dicha resolución le fue comunicada.
* Requisitos para la presentación de poderes:
Podrán constar en instrumento privado y deberán cumplir con las siguientes formalidades, según sea el caso de:
Personas naturales: la firma deberá estar legalizada por un notario.
Personas jurídicas: el documento deberá contener las facultades otorgadas al representante y el carácter con el que actúa el poderdante; su firma deberá ser legalizada por un notario.
Poderes otorgados en el extranjero: éstos deberán estar legalizados por un funcionario consular peruano.
Poderes otorgados en idioma extranjero: deberán presentarse con su correspondiente traducción al idioma español y, además, debidamente suscritos por el responsable de la traducción.
En casos de renuncias y desistimiento, el poder debe contar con la firma legalizada por un notario. Asimismo, si dicho poder fuera otorgado en el extranjero, la firma deberá ser legalizada por un funcionario consular peruano.