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En 34 días Indecopi ha atendido 2,159 reportes a nivel nacional relacionados al sector educativo privado durante el estado de emergencia por el COVID-19

En 34 días Indecopi ha atendido 2,159 reportes a nivel nacional relacionados al sector educativo privado durante el estado de emergencia por el COVID-19


17 Apr 2020


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  • En esta primera etapa de monitoreo virtual, ya se cuenta con casos para evaluación y envío a los órganos resolutivos para su trámite respectivo.

 

  • Entidad precisa la importancia de los informes de las UGEL y de las Direcciones Regionales de Educación en temas que son de su única competencia: presentación, aprobación, adecuación y calificación de los Planes de Recuperación de colegios privados.

 

A 34 días de decretado el Estado de Emergencia Nacional por la pandemia de Coronavirus (COVID – 19), el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, y respecto de los servicios de las instituciones educativas privadas, comunica a la opinión pública lo siguiente:

 

1.         Durante este periodo, nuestra Gerencia de Supervisión y Fiscalización ha realizado un diagnóstico a nivel nacional en base a la información obtenida en los reportes (a la fecha 7,703) de las herramientas digitales con las que cuenta la institución, a fin de identificar los sectores más vulnerables durante el estado de emergencia. De dichos reportes, 2,159 estuvieron relacionados al sector educativo.

 

2.         Asimismo, teniendo en cuenta el estado de emergencia se ha sometido a revisión el Plan Anual de Supervisiones 2020. Ello, a fin de garantizar a la ciudadanía que las acciones de fiscalización estén enfocadas a solucionar la problemática que actualmente les afecta. Para ello, se ha previsto nuevas formas de fiscalización a distancia que permitan ejercer las acciones en todo el país y evitar que se sigan presentando incumplimientos a las normas de protección a las y los consumidores, así como la atención de reclamos a través de los canales telefónicos y on line atendidos por el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

 

3.         El Indecopi reitera que sus competencias únicamente son aplicadas a los servicios prestados por los colegios privados, siendo el ente rector para todos los colegios (públicos y privados) el Ministerio de Educación (Minedu), quien, como parte de su rol, establece los lineamientos para que sean aplicados por las Direcciones Regionales de Educación (DREL) y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) en sus respectivas circunscripciones. Además, dicha institución es la única que puede pronunciarse sobre temas pedagógicos y la calidad de estos.

4.         En este marco, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización viene monitoreando conductas reportadas a nivel nacional en el sector educativo, siendo identificadas y fiscalizadas, principalmente las siguientes:

- Cobro adelantado de pensiones

-Falta de comunicación y de información de los colegios a los padres de familia respecto a los planes de recuperación

-Restricción de acceso a la plataforma virtual de educación

-Cobros no autorizados por el Minedu. Cabe recalcar que lo únicos cobros autorizados por esta entidad son: cuota de ingreso, matrícula y pensión.

 

5.         De acuerdo con lo comunicado por el Minedu, entidad rectora en educación, el Indecopi tomará como referencia técnica y autorizada los pronunciamientos de la UGEL en temas como:

 

- Oportunidad de la presentación de Planes de Recuperación.

- Aplicación de la normativa sectorial en lo que respecta a los Planes de Recuperación.

- Cumplimiento de dicho Plan de Recuperación.

- Aprobación de planes presenciales.

- Canales virtuales de desarrollo de los Planes de Recuperación en cada región del país.

 

6.         En el marco del estado de emergencia por el COVID-19, situación extraordinaria que viene afectando todos los sectores a nivel mundial, el Indecopi hace suyo el llamado del Presidente de la República y de los Ministerios de Educación y de Economía y Finanzas, respecto a la necesidad de que, en el ámbito privado, los colegios particulares propicien espacios de diálogo para llegar a acuerdos con los padres de familia, referidos al cobro total o parcial de las pensiones, precedido de una evaluación realista de los costos en los que están incurriendo para brindar dicho servicio durante el estado de emergencia.

 

7.         El Indecopi reitera su compromiso con la defensa de la competencia y el bienestar de los consumidores en el marco de sus competencias y pone a disposición de la ciudadanía los siguientes canales de comunicación:

Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe, para recibir sus consultas, dudas y reclamos. Al respecto, se les recuerda que pueden adjuntar documentos, fotos o cualquier otro medio probatorio de la presunta infracción. Además, pueden comunicarse a los teléfonos 224-7777 para Lima y al 0800-4-4040 gratuito desde regiones. Asimismo, recordamos a los usuarios la habilitación del servicio de mesa de partes virtual a través de la web, ingresando al enlace: https://www.indecopi.gob.pe/en/envio-de-documentos.

 

Lima, 17 de abril de 2020


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