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BALANCE 2019: Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi incrementó en 135% las investigaciones preliminares a nivel nacional durante el 2019

BALANCE 2019: Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi incrementó en 135% las investigaciones preliminares a nivel nacional durante el 2019


14 ene 2020


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Balance 2019

Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi incrementó en 135% las investigaciones preliminares a nivel nacional durante el 2019 respecto del 2018

 

  • Logró resolver 291 procedimientos administrativos sancionadores.
  • También publicó la ‘Guía de Publicidad para Influencers’, que permite a los líderes de opinión y gestores de contenidos digitales, difundir de manera transparente la información sobre productos o servicios que comparten con sus seguidores en las redes sociales.

 

La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi informó que, durante el año 2019, inició 1 268 investigaciones preliminares, 135% más que en el 2018, llegando a tramitar 270 procedimientos sancionadores.

Las investigaciones preliminares estuvieron relacionadas a 09 sectores económicos, entre los que destacaron: Enseñanza (501), Comercio e Industria (308), Transporte (210) y Salud (86). Otros sectores supervisados fueron: Inmobiliario y Construcción (74), Alojamiento y Servicio de Comida (61), Información y Comunicaciones (12), Financiero y Seguros (09), Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación (04) y otros rubros (03).

Como consecuencia de estas investigaciones, la CCD resolvió 291 procedimientos administrativos sancionadores durante el 2019, superando la cifra del año anterior que llegó a los 284 procedimientos, e impuso multas en primera instancia por un total de 1 000.7 UIT, equivalente a S/ 4 202 940 (cuatro millones doscientos dos mil novecientos cuarenta soles).

En materia de publicidad digital, el Indecopi, a través de la CCD, presentó la ‘Guía de Publicidad para Influencers’, herramienta informativa que permite a los líderes de opinión y gestores de contenidos digitales, difundir de manera transparente la información sobre productos o servicios que comparten con sus seguidores en las redes sociales.

Este trabajo fue complementado con reuniones de trabajo con influencers a efectos de explicarles las competencias del Indecopi, así como recibir sus comentarios sobre la ‘Guía de Publicidad para Influencers’ y absolver sus dudas sobre la materia.

Cabe destacar además que, durante el 2019, en el marco de la Tercera Reunión de Altos Funcionarios del Foro de Cooperación Asia-Pacífico (APEC) Chile 2019, el Indecopi lideró el evento denominado ‘Diálogo público privado sobre estándares de publicidad en la economía digital’, reuniendo 14 economías miembro de APEC para abordar temas referidos a la economía digital, publicidad digital y comercio electrónico.

Asimismo, por segundo año consecutivo, se conmemoró el ‘Día de la Promoción de la Leal Competencia’, con la realización de una conferencia internacional que contó con la participación de expertos extranjeros en temas de economía digital y publicidad online.

La CCD tiene la función de velar que en el mercado se cumplan las normas que reprimen la competencia desleal entre los agentes económicos, monitoreándolo para detectar las fallas que afecten su funcionamiento y adoptando acciones de investigación y difusión que alcancen una solución integral en beneficio de la sociedad.

Asimismo, busca generar consumidores más exigentes e informados y proveedores más responsables en el campo de la protección de los derechos del consumidor y la publicidad comercial, observando la honesta y leal competencia.

Segunda instancia

Hay que precisar que, en la segunda instancia, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC), durante el 2019, resolvió a nivel nacional un total de 65 apelaciones en materia de competencia desleal.

Así, constató la responsabilidad de una Municipalidad Provincial por realizar actos de competencia desleal al llevar a cabo diversas actividades empresariales (actividades de venta de combustibles, alquiler de maquinaria pesada y venta de agregados) sin contar con la autorización de alguna ley emitida por el Congreso de la República, por ello se le impuso una multa ascendente a 250.35 UIT, equivalente a S/ 1 051 470 (un millón cincuenta y un mil, cuatrocientos setenta soles).

Asimismo, fue sancionada con una multa de 240 UIT, equivalente a S/ 1 008 000 (un millón ocho mil soles) la empresa que comercializó el álbum denominado “Sticker álbum Original World Cup Rusia 2018” y sus respectivos cromos que reproducen las imágenes de los futbolistas de las 32 selecciones que participaron en el torneo “Copa Mundial de la FIFA Rusia 2018”, por ser considerado un acto contrario a la buena fe empresarial, al no contar con las autorizaciones para su explotación.

También confirmó la sanción a otras conductas consideradas actos de competencia desleal en la industria alimenticia, servicios de telecomunicaciones y transporte, con multas que superaron las 1 140 UIT, equivalentes a S/ 4 788 000 (cuatro millones setecientos ochenta y ocho mil soles).

Lima, 14 de enero de 2020

 


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