Comunicado: Sobre peaje de Línea Amarilla
Comunicado: Sobre peaje de Línea Amarilla
16 mar 2019
COMUNICADO
Ante nuevo requerimiento de la Defensoría del Pueblo para que el Indecopi intervenga en precios de peajes, esta ocasión de la empresa Pex Perú por el peaje de la Línea Amarilla, el Indecopi considera otra vez necesario informar a la opinión pública lo siguiente:
- El Indecopi es una entidad supervisora del correcto funcionamiento del mercado que carece de facultades para regular o controlar los precios de los productos y servicios (a diferencia de las entidades reguladores que fijan tarifas). Por ello no podemos denunciar ni sancionar a un proveedor por el precio que cobra, salvo que ese precio haya sido pactado entre competidores, pues eso sería una concertación o colusión, figura prohibida por la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (Decreto Legislativo 1034).
- Sin perjuicio de ello, el Indecopi no puede intervenir para cuestionar precios que han sido fijados por las partes dentro de un Contrato de Concesión. Cualquier controversia sobre los precios de los peajes debe ser resuelta entre las partes del contrato y, en caso que no lleguen a un acuerdo, entonces lo deben hacer a través de un tercero en sede judicial o arbitral según lo pactado entre ellas.
- Esto ya ha sido explicado oportunamente por el Indecopi a la Defensoría del Pueblo y la ciudadanía en general cuando se produjeron los primeros cuestionamientos por el cobro de peajes en Puente Piedra a mediados del año 2017. La carta enviada a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con copia a la Defensoría del Pueblo puede verse aquí: https://bit.ly/2Obv3HO.
- Ahora bien, el Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor; en el mismo año 2017, tras revisar contratos de concesión suscritos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, realizó de oficio una Abogacía donde consideró necesario recomendar la incorporación de cláusulas que informen adecuadamente sobre los mecanismos de gestión y atención oportuna de reclamos de usuarios, así como la obligación de contar con un Libro de Reclamaciones.
Estas recomendaciones se han dado en el marco de las labores de evaluación del Estado en la protección de los derechos de los consumidores, a fin de promover acciones para su fortalecimiento y, en vista de la problemática identificada en contratos de concesión de infraestructura vial en distintos peajes de la Región Lima en materia de normativa de Protección al Consumidor.
La Abogacía con las recomendaciones del Indecopi se hizo pública: https://bit.ly/2O9IpEl. La Defensoría del Pueblo puede consultar a la MML si ha implementado las recomendaciones del Indecopi sobre protección al consumidor.
- Finalmente, dentro de las facultades que permite la Ley, el Indecopi informa que lleva adelante un procedimiento administrativo sancionador de oficio contra la empresa Pex Perú, pero por aspectos distintos a los precios de los peajes. Así, a través de la Comisión de Protección al Consumidor N°3, existe un procedimiento en trámite por presunto incumplimiento de su deber de información sobre (i) el monto que deberá asumir el consumidor por la denominada “tasa de bloqueo”; (ii) la información disponible al consumidor sobre el “plazo máximo de inactividad”; y (iii) la información disponible al consumidor sobre las “políticas comerciales” que deben ser consideradas para la resolución del contrato.
Asimismo, tiene en evaluación (para determinar si se inicia un procedimiento administrativo sancionador) un expediente sobre el deber de idoneidad vinculado a: (i) el cobro de peaje manual cuando debería ser automático; y (ii) la adecuada identificación de la pista de carril exclusiva.
El Indecopi reitera su compromiso en hacer respetar los derechos de los consumidores en el marco de las facultades otorgadas por la ley peruana, en especial dentro de las celebraciones por el Día Mundial del Consumidor.
Lima, 16 de marzo de 2019
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