El Indecopi fiscaliza que discotecas y bares de Lima cuenten con autorización para la reproducción de obras musicales
El Indecopi fiscaliza que discotecas y bares de Lima cuenten con autorización para la reproducción de obras musicales
12 sep 2019
El Indecopi fiscaliza que discotecas y bares de Lima cuenten con autorización para la reproducción de obras musicales
- Se intervinieron 63 locales comerciales en los distritos de Miraflores, Los Olivos, Puente Piedra, San Martín de Porres y Lince.
Discotecas y bares de diversos distritos de Lima fueron supervisados por personal de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) del Indecopi, a fin de verificar que cuenten con la autorización de los titulares de los derechos de autor para la reproducción de obras musicales.
Las inspecciones se realizaron del 5 de julio al 28 de agosto de 2019 a un total de 63 locales comerciales (discotecas y bares) en los distritos de Los Olivos (14), San Martin de Porres (7), Miraflores (24), Puente Piedra (6) y Lince (12).
En Lince, Puente Piedra y Miraflores los operativos se realizaron con el apoyo de las respectivas municipalidades distritales, cuyo personal también fiscalizó el cumplimiento de las normas de su competencia.
Durante las acciones de fiscalización, personal del Indecopi buscó verificar si en los locales intervenidos contaban con autorización para realizar actos de comunicación pública de obras musicales (audible o audiovisual).
También se recabó información sobre el título de las obras musicales difundidas y los datos de identificación de los artistas intérpretes y ejecutantes de la música cuya comunicación fuera verificada.
Además, se revisó el aforo del local inspeccionado y la cantidad total de horas de uso de música diaria y semanal. De igual manera si el local realizaba cobro de entrada para acceder al establecimiento y el detalle del mismo.
- Los resultados de esta supervisión fueron remitidos a la Secretaría Técnica de la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi para continuar con el trámite de sus procedimientos.
- Cabe recordar que la difusión o comunicación pública de obras musicales que no cuentan con la autorización previa y por escrito de los autores o de la Sociedad de Gestión Colectiva que los representan, está prohibida y constituye una infracción administrativa a la legislación sobre derecho de autor y delito contra la propiedad intelectual.
Lima, 12 setiembre del 2019
Glosario:
Comunicación pública: Todo acto por el cual una o más personas, reunidas o no en un mismo lugar, puedan tener acceso a la obra, producción, grabaciones audiovisuales, entre otros, sin previa distribución de ejemplares.
Derecho de Autor: Esta materia protege a todas las creaciones intelectuales que cumplan con el requisito de originalidad.
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