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‘¡Ya lo sabes!’ El Indecopi recuerda a las empresas de transporte público que deben respetar el cobro del medio pasaje

‘¡Ya lo sabes!’ El Indecopi recuerda a las empresas de transporte público que deben respetar el cobro del medio pasaje


22 Oct 2019


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¡Ya lo sabes!’

El Indecopi recuerda a las empresas de transporte público que deben respetar el cobro del medio pasaje

Revisa este interesante video en la página web: www.yalosabes.pe

Las empresas de transporte público están obligadas a brindar un servicio idóneo y este incluye el cumplimiento del cobro de medio pasaje o pasaje diferenciado para escolares, universitarios y estudiantes de institutos superiores, de acuerdo a lo establecido por ley. Por ello, el Indecopi a través de su microprograma ‘¡Ya lo Sabes!’, emitido por TV Perú Noticias, informa cuáles son las medidas que deben adoptar los pasajeros en caso este derecho sea vulnerado.

La ley establece que el precio del medio pasaje que se cobra a los estudiantes no debe ser mayor al 50 % del precio del pasaje adulto, de acuerdo con la ruta o tramo recorrido y que para hacerlo efectivo el pasajero deberá presenta el carné universitario o de instituto superior vigente.

El Indecopi, como entidad encargada de la protección de los derechos de los consumidores, realiza actividades de fiscalización para verificar que los proveedores del servicio de transporte urbano cumplan con el cobro de medio pasaje y sanciona a las empresas que no respeten este derecho.

En ese sentido, la institución recomienda siempre exigir un boleto, verificar que este boleto corresponda a la tarifa que se ha pagado, así como verificar que dentro del vehículo se exhiba el tarifario respectivo.

En caso la empresa no cumpla con el cobro del medio pasaje se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

Guarda toda la evidencia para que puedas reclamar como, por ejemplo, el boleto.

Anota la placa del vehículo, día, hora, ruta y lugar donde ocurrieron los hechos.
Presenta tu reclamo a la empresa a través del Libro de Reclamaciones, este debe responderse en un plazo máximo de 30 días calendario.

Es tu derecho como consumidor exigir que te cobren la tarifa establecida por ley.

 

Lima, 22 de octubre de 2019

 

 

 


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