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Comunicado

Comunicado


04 Sep 2020


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Ante el público y reiterado cuestionamiento del Sr. Fernando Llanos, respecto de la forma como se viene desarrollando su caso contra Aqua & Gym San Borja S.A.C, por discriminación contra su menor hijo, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) precisa a la opinión pública lo siguiente:

1.- En enero de 2018 el Sr. Luis Fernando Llanos Readi interpuso una denuncia contra la academia Aqua & Gym San Borja S.A.C ante la Comisión de Protección al Consumidor N°2 por actos de discriminación contra su menor hijo a quien no se le permitió la matrícula en unos talleres de verano.

2.- El Sr. Llanos ganó el caso en primera instancia. De acuerdo con la Resolución N° 2335-2018/CC2 (de octubre del mismo año), la Comisión declaró fundada la denuncia por infracción del artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo cual, impuso una multa y medidas correctivas a Aqua & Gym.

3.- La academia denunciada, apeló el caso ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, iniciándose el procedimiento en la segunda instancia en enero de 2019.

4.- Durante el desarrollo del caso, en mayo de 2019, la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Borja formalizó una denuncia penal contra la administradora de la academia ante la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Borja, por la presunta comisión del delito contra la Humanidad, en la modalidad de Discriminación, en agravio del menor hijo del señor LLanos.

5.- Actualmente, en Indecopi, el caso se encuentra suspendido por decisión de los vocales que conforman la Sala Especializada en Protección al Consumidor, en atención a la formalización de la denuncia penal antes referida. 

 

Desde la Presidencia de su Consejo Directivo, el Indecopi reconoce la sensibilidad y trascendencia de los casos de discriminación, respecto de los cuales se ha pronunciado a lo largo de los 27 años de su vida institucional y en ese contexto, espera que los órganos resolutivos, autónomos e independientes de cualquier injerencia, tomen las decisiones pertinentes en un tiempo oportuno. 

 

Lima, 04 de setiembre de 2020 


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