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Poder Judicial confirma que Indecopi acató medida cautelar contra Gremco

Poder Judicial confirma que Indecopi acató medida cautelar contra Gremco


27 Aug 2019


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COMUNICADO

 

Poder Judicial confirma que el Indecopi ha cumplido con acatar correctamente la medida cautelar contra Gremco

 

La medida cautelar solicitada por Sunat solo abarca las resoluciones que reconocían capital y gastos de Gremco, pero no la resolución que reconoce intereses.

 

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Procedimientos Concursales (CCO) y la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal del Indecopi (SCO), respecto al Procedimiento Concursal del Club Universitario de Deportes, informa a la ciudadanía que:

 

1.           Indecopi ha acatado la Medida Cautelar dictada por el Poder Judicial (24° Juzgado Especializado Contencioso Administrativo) la cual ordenó suspender las resoluciones N°0841 (Sala Especializada de Competencia - 2013) y la N° 7648 (Comisión de Procedimientos Concursales - 2012). Dichas resoluciones determinaron solo el capital y los gastos a favor de Gremco.

 

2.           En la Medida Cautelar solicitada por Sunat al Poder Judicial (PJ), no se incluyó la suspensión de la resolución N°4406 (Comisión de Procedimientos Concursales -2016) la cual calculó los intereses a favor de Gremco.

 

3.           Indecopi, como toda persona y autoridad, no puede interpretar los alcances de una Medida Cautelar dictada por el Poder Judicial, de manera distinta a cómo ha sido dictada, pues de hacerlo sería un acto ilegal.

 

4.           Es por ello que el PJ, mediante Resolución Nº 8 (7 de mayo de 2019), dejó constancia de que tanto la Comisión de Procedimientos Concursales, como la Sala Especializada en Procedimientos Concursales, sí dieron cumplimiento a la Medida Cautelar tal cual fue dictada.

 

5.           Cabe precisar que, mediante otra resolución judicial, la Nº 10 (del 16 de mayo de 2019), el PJ aclaró a Sunat que la Medida Cautelar que había solicitado, solo se refería a las resoluciones que calcularon capital y gastos, mas no a la resolución que reconoció intereses.

 

6.           En consecuencia, la CCO y la SCO del Indecopi, rechazan cualquier cuestionamiento orientado a desinformar y confundir a la ciudadanía, sobre un presunto incumplimiento de la Medida Cautelar, pues la misma se ha acatado a cabalidad, tal como lo ha declarado el mismo Poder Judicial.

 

Lima, 27 de agosto de 2019


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