Resolución N° 012-2022/CDB-INDECOPI
Resolución N° 012-2022/CDB-INDECOPI de fecha 26 de enero de 2022, adjunta al presente, mediante la cual se decide: "Conceder el pedido de medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se dispone que el Ministerio de Salud se abstenga de aplicar provisionalmente a Oregon Foods S.A.C., Lactalis Perú S.A.C., KMC International S.A.C., ITN S.A.C., SB Trading S.R.L., Super Nikkei S.A.C., King David Delicatesses del Perú S.A.C., Wibgus S.A.C., Adriática de Importaciones y Exportaciones S.A., Eurogourmet S.A.C., Danilza S.A., Lagardere Travel Retail Perú S.A.C., Royal Branding Perú S.A.C. y la Cámara de Comercio de Lima, la prohibición del uso de adhesivos con las advertencias publicitarias que deben ser consignadas en los alimentos y bebidas no alcohólicas materia de importación, contenida en el numeral 8.3 del Decreto Supremo Nº 012-2018-SA, que aprueba el Manual de Advertencias Publicitarias en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-SA, así como en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 018-2021-SA."