SUPERVISIÓN DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL

Mediante Ley 29299, se le encargó al INDECOPI la supervisión del Régimen de Protección Patrimonial, la misma en la que se encuentran sujetas aquellas empresas agrarias azucareras en las que el Estado Peruano mantenía acciones al 1 de enero de 2009. Para ello, la Oficina de Supervisión del Régimen de Protección Patrimonial es la encargada de supervisar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 29299, por parte de las empresas agrarias azucareras.


LEGISLACIÓN

CRONOGRAMA DE PAGO

La información que presentamos a continuación, ha sido remitida al INDECOPI por las empresas agrarias azucareras que decidieron acogerse al beneficio establecido en la Ley 28027, dentro del plazo al que se refiere el artículo 3º de la Ley 29299, modificada por la Ley 29678. Esta información actualmente se encuentra en proceso de aprobación, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001-2009/COD-INDECOPI, modificada por la Directiva Nº 002-2011/DIR-COR-INDECOPI, publicada en el diario oficial El Peruano el 09 de junio del 2011.

Debe precisarse que, conforme a lo establecido en el numeral 5.4 del acápite IV de la Directiva antes señalada, la incorporación de una acreencia al Programa de Reconocimiento de Obligaciones y al Cronograma de Pagos (que incluye su modificación), deberá ser ordenada a la empresa agraria azucarera acogida al Régimen de Protección Patrimonial, por resolución judicial firme, la que deberá ser puesta en conocimiento de la Oficina de Supervisión del Régimen de Protección Patrimonial-Ley 29299 (OSR), mediante oficio de la autoridad jurisdiccional respectiva. En cumplimiento de la orden judicial, la empresa obligada deberá actualizar el Programa de Reconocimiento de Obligaciones y el Cronograma de Pagos y luego de ello, presentar estos documentos ante la Comisión a la que se refiere el artículo 3º de la Ley 29299 modificado por la Ley 29678.

FIDUCIA CAYALTÍ S.A.A.
AGROINDUSTRIAL TUMÁN S.A.A.
AGROINDUSTRIAL POMALCA S.A.A.
AGROINSDUSTRIAL CASA GRANDE S.A.A.
4TA VERSIÓN

INCORPORACION

APROBACIÓN

RESOLUCIONES

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