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El Indecopi prepublica el “Proyecto de Lineamientos para el Cálculo de Umbrales de Notificación”

El Indecopi prepublica el “Proyecto de Lineamientos para el Cálculo de Umbrales de Notificación”



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La Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (en adelante, la “ST-CLC”) prepublicó el “Proyecto de Lineamientos para el Cálculo de Umbrales de Notificación” (https://bit.ly/38xOrdI), para que los interesados puedan realizar comentarios y enriquecer este importante documento, el cual busca orientar a los administrados sobre uno de los requisitos clave para la notificación y evaluación de una operación de concentración empresarial.
 
Al respecto, la Ley No. 31112, que establece el régimen de control de concentraciones en el país, dispone que una empresa deberá notificar al Indecopi aquellas transacciones que: (i) califiquen como operaciones de concentración empresarial y; (ii) superen los umbrales de notificación.
 
Sobre los umbrales de notificación, la mencionada Ley establece parámetros cuantificables que permiten filtrar aquellas operaciones que, por la dimensión de las empresas involucradas, pudieran representar riesgos a la competencia y que, por tanto, ameritan ser evaluadas por el Indecopi. Asimismo, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo No. 039-2021-PCM (en adelante, el “Reglamento”), desarrolla las reglas que deben tomarse en consideración para calcular tales umbrales. 
 
Sin perjuicio de la objetividad de los criterios y las reglas establecidas en la Ley y el Reglamento, la ST-CLC considera que pueden existir dudas legitimas sobre cómo realizar en la práctica el cálculo de los umbrales. La finalidad de estos Lineamientos es precisamente otorgar claridad y certeza jurídica a los agentes económicos, toda vez que los umbrales cumplen la esencial función de determinar si una operación debe ser notificada y evaluada por el Indecopi.  
 
En ese sentido, los Lineamientos abarcan principalmente los siguientes elementos: 
 
(i)             Identificación de las empresas involucradas: Se desarrolla cada una de las reglas de cálculo de umbrales establecidas por el Reglamento, incluyendo casos hipotéticos y gráficos para su comprensión.
 
(ii)           Parámetros de cálculo: Se precisan las características que deben cumplir los factores base de cálculo de umbrales, los cuales son: (a) ventas o ingresos brutos; o, (b) el valor de los activos. 
 
(iii)          Consideraciones especiales: Se señalan determinados elementos particulares que deben considerar las entidades financieras, empresas de Seguros y Reaseguros, Administradoras de Pensiones y fondos de inversión. 
 
Con esta iniciativa, la ST-CL ratifica su compromiso por brindar predictibilidad al régimen de control de concentraciones, a fin de garantizar su adecuada implementación y promover tanto la competencia efectiva como la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores. Asimismo, el Indecopi se suma a otras importantes agencias de competencia que han desarrollado Lineamientos sobre la materia.
 
Cabe señalar que la versión definitiva de los Lineamientos será aprobada por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, la cual analizará los comentarios que sean remitidos oportunamente. Los interesados podrán presentar dichos comentarios a través de la Mesa de Partes del Indecopi, mediante un escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, o a través del correo electrónico st-clc@indecopi.gob.pe, hasta el 22 de marzo de 2021. 
 
Lima, 12 de marzo de 2021
 
Glosario

 

Ley No. 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial.

 

Operación de Concentración Empresarial: Comprende la fusión entre dos o más empresas, la adquisición de una empresa o de sus activos, entre otros. 

 

Reglamento: Decreto Supremo No. 039-2021-PCM, Reglamento de la Ley No. 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial

 

Umbral: Parámetro cuantificable, selectivo y objetivo expresado en unidades impositivas tributarias (UIT), a partir del cual una operación de concentración empresarial debe notificarse al Indecopi para su autorización.


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