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Tras apelación, quedó suspendida la inaplicación de la barrera burocrática ilegal del “pico y placa” en la provincia de Huancayo

Tras apelación, quedó suspendida la inaplicación de la barrera burocrática ilegal del “pico y placa” en la provincia de Huancayo


28 sep 2020


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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Junín (ORI-Junín) declaró barreras burocráticas ilegales, con efectos generales, una serie de medidas dispuestas por la Municipalidad Provincial de Huancayo para prestar el servicio de taxi, entre ellas la restricción denominada “Pico y placa”. Sin embargo, tras haberse concedido la apelación presentada por la comuna, esta decisión ha quedado suspendida hasta que la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas emita su pronunciamiento final.

 

El “pico y placa” en la ciudad de Huancayo consistía en que los vehículos que prestan el servicio de taxi con placas que terminen en número par, solo pueden operar los lunes, miércoles y viernes; mientras que aquellos con placas terminadas en número impar, los martes, jueves y sábado.

 

Esta restricción (materializada a través de la Ordenanza Municipal Nº 637-MPH-CM del 30 de mayo de 2020) fue declarada barrera burocrática ilegal al comprobarse que la comuna no realizó una evaluación previa, como lo exige la normativa nacional para restringir la prestación del servicio de taxi (artículo 7.1º del Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM, en concordancia con la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre).

 

Con ello, la Comisión no desconoce que dicha municipalidad es competente para restringir la operación del servicio de transporte terrestre en la modalidad de taxi en el ámbito de su jurisdicción; sino que debe contar con la debida justificación para tal fin. Debe precisarse que la municipalidad no se apersonó ni presentó descargos, durante el procedimiento, pese a estar válidamente notificada, con lo cual el Indecopi no pudo tener acceso a las razones o motivos por los que se estableció esta medida.

 

El caso fue iniciado por una denuncia presentada por la Asociación de Transportistas de la Región Junín (Asotran).

 

Lo mismo ocurrió con otras medidas exigidas por la Municipalidad Provincial de Huancayo referidas al mismo servicio, de acuerdo con la Resolución Final N° 314-2020/INDECOPI-JUN del 18 de septiembre de 2020.

 

Se trata de los requisitos: comunicación de la fecha y hora de desinfección de vehículos, copia de la última autorización de reanudación, entre otros, exigidos para tramitar la autorización de reanudación de operaciones en el servicio de taxi (materializados en el Reglamento Sanitario para la reanudación del servicio de transporte público en todas sus modalidades).

 

Al respecto, la Comisión advirtió que la normativa nacional aplicable no contempla exigir los mencionados requisitos, por tanto, exceden lo dispuesto en el Lineamiento sectorial de transporte, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº0261-2020-MTC-01.

 

Lima, 29 de setiembre de2020


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