MARCO NORMATIVO

LEGISLACIÓN, DIRECTIVAS Y LINEAMIENTOS

Aquí podrá acceder a todas las normas y directivas del Indecopi en materia de protección al consumidor, e informarse sobre los lineamientos, procedimientos, plazos, etc para presentar sus reclamos o denuncias frente a un proveedor. 

PROYECTOS DE DIRECTIVAS

CAMBIOS NORMATIVOS

DIRECTIVA

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DECRETOS

Decreto Supremo N°103-2019-PCM

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo.

DIRECTIVAS

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OTRAS NORMAS

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LEYES

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Resolución N° 0050-2024-CEB-INDECOPI

Aprueban los Lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en materia de anuncios publicitarios.

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DECRETOS LEGISLATIVOS

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Resolución N° 0050-2024-CEB-INDECOPI

Aprueban los Lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en materia de anuncios publicitarios.

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DECRETOS SUPREMOS

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Resolución N° 0050-2024-CEB-INDECOPI

Aprueban los Lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en materia de anuncios publicitarios.

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DIRECTIVAS

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Resolución N° 0050-2024-CEB-INDECOPI

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LINEAMIENTOS

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Resolución N° 0050-2024-CEB-INDECOPI

Aprueban los Lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en materia de anuncios publicitarios.

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PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA

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SOLICITUD DE REGISTRO DE LEMA COMERCIAL

SOLICITUD DE REGISTRO DE LEMA COMERCIAL

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

Descarga y rellena el FORMULARIO

Presenta el formulario en Mesa de Partes

Indicación de pago de la tasa. En caso de omitirse este requisito, se le otorga 02 días hábiles para la subsanación.

EXAMEN FORMAL

El Indecopi verifica si la solicitud cuenta con los requisitos formales, tales como: Poder, firma, entre otros. En caso se omita o no se adjunte alguno de ellos, se otorgará un plazo de 60 días hábiles para la subsanación.

Asimismo, deberá especificar la marca solicitada o registrada con la cual se usará el lema. En caso de omisión de este requisito se le otorga 02 días hábiles para su subsanación. 


REPRESENTACIÓN

En el caso de actuar a través de un representante legal, puede elegir alguna de estas alternativas:

 

  • Si actúa a través de un representante y el poder obra en algún procedimiento del Indecopi, no mayor a 5 años, podrá remitirse a dicho expediente.
  • Si el poder obra ante la Superintendencia Nacional de Registro Públicos - SUNARP, será suficiente indicar, de manera expresa en su solicitud, el número de la partida registral en la que se encuentra dicho poder o documento.
  • Adjuntar a su solicitud copia simple del documento de poder (no requiere legalización).

De no cumplirse con subsanar dichos requisitos dentro del plazo otorgado se declara el abandono de la solicitud.
PUBLICACIÓN

Si su solicitud cumple con los requisitos formales, el Indecopi realizará una publicación automática y gratuita en la Gaceta Electrónica de Propiedad Industrial.


OPOSICIONES 

Dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de la publicación, quien tenga legítimo interés, podrá, por una sola vez presentar oposición fundamentada. De presentar oposición, el expediente será remitido a la Comisión de Signos Distintivos, para que emita resolución. 

Procedimiento de oposición

EXAMEN DE FONDO

Transcurrido el plazo y de no haber oposición, el Indecopi procederá a realizar el examen de registrabilidad del lema comercial.

RESOLUCIÓN

Luego del examen de registrabilidad, se emitirá la Resolución; y en el caso de otorgarse el lema comercial, se otorgará el Certificado correspondiente.

En caso de no estar de acuerdo con la Resolución emitida, podrá, dentro del plazo de 15 días hábiles, presentar recurso impugnativo de Reconsideración o Apelación.

* La vigencia del lema comercial está sujeta a la del signo que acompaña.

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