Funciones
Corresponde a la Dirección de Derecho de Autor proteger el derecho de autor y los derechos conexos.
Además, es misión de la Dirección fomentar una cultura de respeto a los mismos, teniendo como visión lograr que los titulares de derechos de autor y derechos conexos vean protegidos eficazmente sus derechos en el país.
La Dirección de Derecho de Autor es responsable de cautelar y proteger administrativamente el derecho de autor y los derechos conexos.
Adicionalmente, resuelve en primera instancia las causas contenciosas y no contenciosas que le sean sometidas a su jurisdicción, por denuncia de parte o por acción de oficio. Administra el Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, así como los actos constitutivos o modificatorios correspondientes a las sociedades de gestión colectiva y derechos conexos; mantiene y custodia el depósito legal intangible, entre otras funciones establecidas en la ley de la materia.
Sus funciones son, entre otras:
- Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos que no son de competencia de la Comisión;
- En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes;
- Emite informes técnicos en los temas de su competencia;
- Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos;
- Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que emite la Dirección, a través de cualquiera de sus órganos internos, tanto en los casos de procedimiento contenciosos como no contenciosos;
- Ejerce la representación de la Dirección;
- Coordina la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales, en la materia que es de competencia de la respectiva Dirección y vigilan su cumplimiento;
- Desarrolla programa de difusión, capacitación y formación en los temas que son de competencia en la respectiva Dirección, pudiendo coordinar al efecto con organismos nacionales o internacionales afines a la materia;
- Conduce, ejecuta y evalúa las acciones requeridas para el funcionamiento de sus respectivos registros; y,
- Ejerce las demás funciones que se les encomienden.