Procedimiento y Requisitos

El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) contiene los requisitos necesarios para la realización de cualquier trámite ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB), así como las diferentes etapas de los procedimientos que administra esta instancia.

Nombre del trámite Denuncia contra barreras burocráticas
Objetivo del trámite Determinación e inaplicación de las barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad que limitan el acceso o permanencia en el mercado de los agentes económicos, así como las trasgresiones a las normas y principios de simplificación administrativa comprendidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Documentos a presentar
  • Solicitud dirigida a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas consignando datos de identificación y domicilio del denunciante, sea persona natural o jurídica. En caso la denuncia fuera presentada por un representante, adjuntar declaración jurada de la vigencia de poder y la designación del representante legal. 
  • Identificación de la barrera burocrática ilegal o carente de razonabilidad que se denuncia.
  • Identificación de la entidad que impone la barrera burocrática.
  • Indicar el acto administrativo, la disposición administrativa y/o la actuación material que contiene la barrera burocrática materia de denuncia.
  • Precisar los hechos que motivan su denuncia.
  • Señalar los argumentos jurídicos que sustentan que la barrera burocrática denunciada es ilegal.
  • Señalar los indicios que sustentan la presunta carencia de razonabilidad de la barrera burocrática denunciada.
  • Acreditar las afirmaciones materia de denuncia.
  • Indicar el día de pago y el número de constancia de pago de la tasa correspondiente.
Calificación

Silencio Negativo: 120 días hábiles (*).

(*) Cuando transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso administrativo correspondiente.

Inicio del trámite Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas u Oficina Regional.
Instancia que resuelve el trámite Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de Lima y las Oficinas Regionales de Arequipa, Cusco, Puno, Ica, La Libertad, Cajamarca, Junín, Lambayeque, San Martín, Piura, Tacna y Loreto de conformidad con la demarcación territorial en donde ejercen su competencia.
Instancia que resuelve recurso impugnatorio Sala Especializada en Defensa de la Competencia del INDECOPI.
Base legal Decreto Legislativo Nº 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. Publicado en el diario oficial "El Peruano" el 8 de diciembre de 2016.