Registro de Circuitos Integrados

  • En relación con los costos para este procedimiento:

Valor UIT 2011: S/. 3600 nuevos soles

a. El costo por los derechos de solicitud para el registro de circuitos integrados equivale al 16,39% de la UIT (S/. 590,19 nuevos soles). Se debe cancelar el 9% de la UIT (S/. 324,00 nuevos soles)  al iniciar el procedimiento y el monto restante 7,39% (S/. 266,19 nuevos soles) se abonará, vía reintegro y de acuerdo al valor de la UIT vigente, únicamente si la solicitud califica para el examen de fondo. 

b. Un examen adicional tiene por costo el 6,78% de la UIT (S/. 244,06 nuevos soles). La realización del informe está sujeta a los casos en que se reestructura el pliego de reivindicaciones y constituye un pago único. 

c. Las modificaciones –hasta un máximo de 100 por página– a los Dibujos Técnicos presentados inicialmente tienen un costo equivalente al 1.06% de la UIT (S/. 38,25 nuevos soles). El pago es facultativo en tanto el solicitante pretenda hacer valer dichos beneficios.

  • Se deberá presentar una solicitud indicando y adjuntando la siguiente información, según corresponda:

a. El nombre y dirección del solicitante o del representante legal. En el caso de las personas jurídicas, se consignará el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

b. Requerimiento de concesión del registro.

c. La nacionalidad o domicilio del solicitante. Si se trata de una persona jurídica, deberá indicarse el lugar de constitución.

d. El nombre y el domicilio del diseñador del esquema de trazado, cuando no se trate del mismo solicitante.

e. De ser el caso, la fecha, el número y la oficina de presentación de toda solicitud de registro u otro título de protección que el mismo solicitante o su causante hubiese realizado u obtenido en el extranjero y que se refiera total o parcialmente al mismo esquema de trazado objeto de la solicitud presentada en el país miembro. 

f. La firma del solicitante o de su representante legal.

  • Adjuntar una copia o dibujo del esquema de trazado y, cuando el circuito integrado haya sido explotado comercialmente, una muestra de dicho circuito integrado.
  • De ser el caso, una declaración indicando el año de la creación del circuito integrado.
  • Una descripción que defina la función electrónica que debe realizar el circuito integrado que incorpora el esquema de trazado.
  • Copia de toda solicitud de registro u otro título de protección que se hubiese presentado u obtenido en el extranjero por el mismo solicitante o su causante y que se refiera total o parcialmente al mismo esquema de trazado objeto de la solicitud presentada en el país miembro.
  • Los poderes* que fuesen necesarios.

Nota:

  • En caso que el esquema trazado, cuyo registro se pide, incluyera algún secreto empresarial, el solicitante presentará además de la representación gráfica requerida, un esquema en el cual se hubiese omitido, borrado o desfigurado las partes que contuvieran ese secreto. Las partes restantes deberán ser suficientes para permitir, en todo caso, la identificación del esquema de trazado.
  • Según las disposiciones legales, el plazo máximo para concluir la evaluación de la solicitud es de 180 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación.
  • Si después de notificada la resolución, el solicitante deseara presentar un recurso de reconsideración, de apelación o adhesión, tiene un plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha en que se le comunicó dicha resolución.

* Requisitos para la entrega de poderes:

Podrán constar en instrumento privado y deberán cumplir con las siguientes formalidades, en el caso de:

  • Personas jurídicas: el documento deberá contener las facultades otorgadas al representante y la representación con la que actúa el poderdante.